¿Es válida la negación de indemnización por despido discriminatorio a una mujer embarazada por falta de conocimiento de la empresa?
La sentencia del Tribunal Supremo de diciembre de 2023 deniega indemnización por despido discriminatorio a una mujer embarazada. La decisión se basa en la falta de conocimiento previo de la empresa sobre el embarazo y la aplicación del artículo 55.5 b) del Estatuto de los Trabajadores. Este artículo establece la nulidad del despido, implicando la readmisión y el pago de salarios dejados de percibir.
En diciembre de 2023, el Tribunal Supremo emitió una sentencia relevante que niega la indemnización por despido discriminatorio a una mujer embarazada. La decisión se fundamenta en la interpretación del artículo 55.5 b) del Estatuto de los Trabajadores y en la falta de conocimiento de la empresa sobre el estado de la empleada al momento del cese. A continuación, se desglosará y analizará la sentencia para comprender sus implicaciones jurídicas.
¿La empresa estaba al tanto del embarazo en el momento del despido?
La clave de la sentencia radica en el hecho de que la empresa se enteró del embarazo de la trabajadora en el momento de la entrega de la carta de despido. Este hecho crucial descarta la posibilidad de que existiera un motivo discriminatorio en el despido, según lo establecido en la sentencia de diciembre de 2023. La coincidencia temporal del despido con el cese laboral de otros cinco trabajadores refuerza la posición de la empresa de que la decisión fue disciplinaria y no discriminatoria.
¿Cuál es el fundamento legal de la decisión del Tribunal Supremo?
La sentencia se apoya en el artículo 55.5 b) del Estatuto de los Trabajadores, que establece la nulidad del despido cuando este se produce durante el periodo de embarazo de la trabajadora. Aunque el despido fue calificado como disciplinario, la aplicación de este artículo conlleva la declaración de nulidad del contrato. Este enfoque legal implica la readmisión de la trabajadora y la obligación de la empresa de abonar los salarios dejados de percibir durante el periodo de cese.
¿Por qué se descarta la indemnización por daño moral?
La negativa a conceder indemnización por daño moral se sustenta en la inexistencia de discriminación según la sentencia. Dado que la empresa no tenía conocimiento previo del embarazo de la trabajadora, no se cumplen los elementos necesarios para considerar el despido como discriminatorio. En consecuencia, el Tribunal Supremo concluye que no hay vulneración del derecho a la igualdad ni motivos para conceder indemnización por daño moral.
¿Qué implica la declaración de nulidad del contrato?
La aplicación del artículo 55.5 b) del Estatuto de los Trabajadores conlleva la declaración de nulidad del contrato. Esta medida implica la readmisión obligatoria de la trabajadora en su puesto anterior. Además, la empresa está obligada a abonar los salarios dejados de percibir durante el periodo de cese. La nulidad del contrato actúa como una garantía legal que busca proteger a las trabajadoras embarazadas de despidos discriminatorios.
¿Cómo se enmarca la decisión en la lucha contra la discriminación por razón de sexo?
La sentencia destaca la esencial finalidad de la norma, que es combatir los despidos discriminatorios, especialmente aquellos motivados por el embarazo. Aunque la finalidad última es la no discriminación por razón de sexo en las relaciones laborales, el Tribunal Supremo sostiene que la herramienta elegida por el legislador, en este caso, la nulidad del contrato, actúa como una garantía objetiva y automática. Esto proporciona protección sin la necesidad de probar el móvil discriminatorio, fortaleciendo la posición de las mujeres embarazadas en el ámbito laboral.
Conclusión:
En conclusión, la sentencia del Tribunal Supremo de diciembre de 2023 establece un precedente importante al negar la indemnización por despido discriminatorio a una mujer embarazada. La falta de conocimiento previo de la empresa sobre el embarazo y la aplicación del artículo 55.5 b) del Estatuto de los Trabajadores son los fundamentos clave de la decisión. La declaración de nulidad del contrato refuerza la protección de las mujeres embarazadas en el ámbito laboral, destacando la importancia de las garantías legales en la lucha contra la discriminación por razón de sexo (sentencia Tribunal Supremo de España 11 de Diciembre de 2023, N° 1448).
Abogado italiano que habla español – Avvocato Francesco Noto – Cosenza Napoli